jueves, 14 de junio de 2012

El mayor caso de corrupción militar en México


Como ya les e comentado anteriormente, hay muchas violaciones de derechos humanos por parte de militares hacia civiles. Por eso fue necesario reformar el articulo 57 fracción ¨e¨ del Código de Justicia Militar, donde mencionaba que cualquier delito cometido por un militar hacia un civil se les sancionaría mediante cortes militares, pero a causa de tanta corrupción, se reformó para que se juzgaran mediante cortes civiles ( osea como a cualquier persona).

Ahora viene la pregunta importante, Por qué se creaba tanta corrupción y se encubrían entre los mismos militares?. Un ejemplo de ello es la noticia que dio a conocer el diario New York Times el 31 de mayo de 2012 sobre la detención de tres generales mexicanos y un teniente coronel, entre ellos el ex subsecretario de la Defensa Nacional, todos ellos por nexos con el narcotráfico con el cártel de los Beltrán Leyva. De este modo, si vemos a los de mayor cargo militar metidos en el narco. por lógica suponemos que una parte de militares se encuentran involucrados  en el crimen.


Por lo tanto creo que es un claro ejemplo del por qué hay tanta corrupción militar en nuestro país, y no solo eso, sino también es algo que influye demasiado en la seguridad de México, generando también lo que es mi tema: la violación de derechos humanos de militares contra civiles.

martes, 12 de junio de 2012

Retenes militares en relación a portación de armas por civiles

Sabemos que uno de las principales razones de los retenes militares son la búsqueda de drogas y armas de fuego.

En la actualidad contamos con un problema grande a causa de eso. En nuestros días se esta volviendo casi indispensable la portación de armas para la defensa propia, lógicamente es difícil tener el permiso para la portación, ya que si se les permite a todos los ciudadanos se podría causar un caos, ya que no se sabe si actuarían de forma correcto o si les darían un buen uso, pero también no es algo que se prohiba ya que esta justificado en el artículo 10 constitucional. A qué quiero llegar con esto?, bueno, imagínense si tienes permiso de portación pero llegas a un retén con tu arma en el carro, qué pasaría?, los militares no preguntan porque portan un arma, sino que de inmediato te mandan torturar, violando con esto tus derechos humanos. Como todo, tiene su pro y su contra.

Datos investigados por varios expertos, los países con permiso de armas a civiles tienen mas asesinatos y muertes a causa de armas de fuego, a cambio de los países que no dan permisos tienen mayor paz en la sociedad. La pregunta es: con toda la inseguridad que estamos viviendo, es mejor que México de permisos de portación de armas?...lo dejo a sus opiniones y conciencias.

lunes, 11 de junio de 2012

Los Retenes: son legales?


Creo que todos hemos visto retenes militares y hasta nos enfada cuando pasamos por ellos, ya sea en la ciudad o en carreteras federales. Eso se viene dando desde hace muchos años, no solo desde la actual ¨Guerra contra el narcotráfico¨. Pero la pregunta es: eso es legal?. Por un lado creo que es importante en algunos momentos o en ciertas partes que haya retenes por seguridad de nosotros mismos, pero en la actualidad ha habido grandes problemas o conflictos, ya que por ejemplo, hay casos donde los militares abusan de nuestros Derechos Humanos, ya sea inventando que traes drogas solo porque les caíste mal, o torturando gente al grado de llegar a desaparecer personas. Por otro lado, como ciudadanos tampoco ya no nos sentimos con seguridad ante ellos, por ejemplo  nos piden todos nuestros datos e identificaciones pero no sabemos si realmente son militares o no

La Ley Orgánica del Ejercito y Fuerza Aérea Mexicana, en ninguno de sus 209 artículos menciona que los militares tienen el derecho de poner retenes, al contrario, en el articulo 11 de la Constitución nos menciona que todos tenemos derecho de entrar a la República, salir y transitar en ella libremente. También el artículo 16 constitucional dice que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio o propiedad, sino por mandato escrito por autoridad competente. Con estos artículos nos damos cuenta que están violando nuestras garantías individuales y derechos humanos ya que no nos dejan transitar libremente y aparte piden nuestros datos.

Es por eso que es necesario que mejor se legislen los retenes, pero en mi opinión no deben ser militares  los que se encarguen de dicho acto, sino policías de los tres niveles (municipal, estatal y federal), pero sí supervisar, ya que por cualquier peligro, los soldados cuentan con toda la fuerza de seguridad.

Articulo 1ro.constitucional y su reforma

Como nos han enseñado desde niños en la primaria y secundaria, la Constitución es la mayor ley que hay en México, por eso también se le llama Ley Suprema. Podrán recordar que en sus clases de ética y valores siempre les decían que en el articulo 1ro. hablaba sobre las garantías individuales que tiene cada persona y que el Estado mexicano nos otorga esas garantías. Bueno, pues en la actualidad todo esto ha cambiado con la reforma del 10 de Junio de 2011 a éste artículo.
Las cosas que cambió esta reforma fueron:

  • Los Tratados Internacionales ya están a la par de la Constitución, osea, tienen la misma fuerza y la misma jerarquía y en caso de contradecirse (porque suele pasar desgraciadamente) se aplicará la que mas le convenga o le ayude a la persona.
Antes:
Constitucion. (arriba)
Tratados Internacionales (abajo)

Ahora: 
Constitucion------Tratados Internacionales (al mismo nivel)
 

  • También cambio la palabra OTORGAR por la palabra RECONOCER. Qué tiene de diferencia esto?, Pues en realidad en la practica es mucho, ya que otorgar significa que el Estado te los da, en otras palabras ellos dicen cuales son tus garantías, mientras que en la palabra reconocer significa que el Estado acepta que tu tienes todos los derechos humanos que existan.
  • Por ultimo cambió el concepto de GARANTÍAS INDIVIDUALES por el de DERECHOS HUMANOS. En qué diferencia esto?, en que las garantías individuales tiene un ámbito mu pobre o chico, y el de derechos humanos aplica a todos los derechos, ya que tiene un ámbito mayor y aparte todos gozamos de ellos por el simple hecho de ser seres humanos.


martes, 5 de junio de 2012

Nueva iniciativa

Como ya lo mencioné en mi artículo anterior, el artículo 57 Fracción II inciso ¨e¨ del Código de Justicia Militar, donde nos menciona que militares que abusen de los derechos humanos de civiles tienen que ser juzgados por fuero militar, fue reformado el año pasado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por decreto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para que cambiara a fuero común y así bajara la corrupción para condenar a militares.

En abril del presente año, el presidente Calderón acaba de proponer una nueva iniciativa a tal reforma en donde dice:
  • Que los jueces federales que lleven el caso, deberán ser abogados con carrera militar retirados o mínimo jueces con conocimiento en disciplina militar.





  • Que los militares culpables sean puestos bajo cárceles militares




  • Una reforma al Código de Justicia Militar para que el Ministerio Público y la Policía Militar Federal hagan un registro inmediato de las personas detenidas.
José Antonio Caballero, especialista en Derecho Constitucional menciona que: ¨La idea de llevar a la jurisdicción civil estos asuntos es precisamente porque no tienen relación con la disciplina militar, y por tanto deben ser tribunales ordinarios los que los resuelvan, sin que deban tener esa especialización que se plantea¨.

En mi opinión, comparto con el Dr. Caballero en los dos primeros puntos, ya que son hechos ilícitos diferentes a la disciplina castrense, por lo tanto no se tiene que relacionar con el fuero común, además solo sería como un retroceso a la reforma que se acaba de hacer al artículo 57 del Código de Justicia Militar a finales del año pasado. Por otro lado, creo que el tercer punto tiene un poco de lógica simplemente para poder llevar el control y registro de los casos.

miércoles, 30 de mayo de 2012

Violación de Derechos Humanos de militares contra civiles


Desde tiempos remotos hemos vivido los ciudadanos grandes abusos por parte de militares, pero en los últimos años a aumentado gracias a la militarización que a habido en nuestro país a causa de la ¨guerra contra el narcotráfico ¨. Esos abusos han sido en gran parte violaciones a mujeres y desapariciones forzadas.
Desgraciadamente se han dado sobre todo en estados del sur, por ejemplo Oaxaca, Chiapas y a las orillas de Guerrero, aprovechándose la mayoría de las veces de las zonas más humildes.

Describiendo brevemente, los Derechos Humanos son los derechos con los que nacemos todos los seres humanos como lo son por ejemplo :
  • Dignidad humana
  • Educación
  • Salud
  • etc
Entre 2007 a 2009 la organización internacional Human Rights Watch (HRW) presento ante la ONU, según datos conferidos por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), que hubo 38 denuncias de casos contra militares en donde solo se sanciono a uno. Gracias a estos datos nos damos cuenta de que en verdad es un grave problema social actual.

Con estos datos nos podemos hacer algunas preguntas: Por qué los militares se atreven a abusar de su autoridad?, Acaso alguien los protege?, Qué podemos hacer nosotros en caso de alguna violación a nuestros derechos humanos?

Lamentablemente los militares abusan de su autoridad porque son la fuerza de seguridad pública más fuerte del país, ya que ni la policía municipal, estatal, ni federal le pueden hacer algo.

Pero aquí viene lo importante del tema.
Hubo dos casos extremadamente importantes: la del señor Radilla Pacheco y la señora Rosendo Cantú. En el primero fue una desaparición forzada y en el segundo fue un caso de violacion a la señora Rosendo cuando era menor de edad. 

Estos casos fueron muy importantes en este tema, ya que llegaron hasta la Corte Interamericana en donde denunciaron al Estado Mexicano por no cumplir con el procedimiento para sancionar a los militares responsables de tales actos.

Ahí, la Corte se dio cuenta de que en México a los militares que violaban algún derecho humano de algún civil  se les procedía no mediante fuero común(cortes  civiles), sino mediante fuero militar(cortes militares), ocasionando con esto un encubrimiento en el procedimiento a favor de los militares ya que ellos mismos investigaban el tema y los ¨sancionaban¨.Por lo tanto la Corte Interamericana a parte de resolver a favor de los señores, también decretó inconstitucional al articulo 57 del Código de Justicia Militar. Por lo tanto en el 2011 la Suprema Corte saco la jurisprudencia donde decretaba a tal articulo como incostitucional e inaplicable en ningún caso por ningún juez en todo el país.

Gracias a esto los militares ya serán procesados mediante jueces de fuero comun en caso de alguna violación en contra de algún civil, por lo que ya se puede recurrir al Ministerio Publico, y en caso de un incumplimiento en el proceso por parte de éste, demandar al Estado Mexicano ante la Corte Interamericana por incumplimiento de su deber.







domingo, 27 de mayo de 2012

Tema de interes

Mi tema de interés para compartir es la acción de inconstitucionalidad que se presento para juzgar militares que  violen derechos fundamentales en contra de civiles, y la forma en que podemos proceder ante tales circunstancias hasta el grado de poder demandar al Estado Mexicano, ya que es un problema que se venia dando con mucha frecuencia y mas en los tiempos actuales con la militarización del país sobre todo en lugares apartados de la ciudad.
Un ejemplo es este video que les adjunto, en donde el caso llego hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos sentenciando al Estado Mexicano a favor de la señora Valentina Rosendo Cantú que fue violada por militares.